Con el objetivo de disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracciones, el Ministerio de Transporte de la Nación y la CNRT implementaron las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte de pasajeros de larga distancia. Si el menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por un Representante Legal (alguno de sus Padres o tutor) o Tercero Autorizado. Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal (alguno de sus Padres o tutor), Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas. Los menores de entre 13 y 17 años podrán viajar solos contando con las autorizaciones requeridas. Las autorizaciones pueden tramitarse de dos maneras: PRESENCIAL: Se podrán realizar de manera Presencial en las boleterías de las empresas, completando el formulario que existe para tal fin. PREVIA: Se podrá realizar la autorización a través de: Escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales. EL VINCULO FILIATORIO SIEMPRE DEBE SER ACREDITADO ¿Qué documentación es necesaria para acreditar el vínculo filiatorio? DNI / Pasaporte del menor DNI del Representante Legal Partida de Nacimiento o testimonio judicial de adopción El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor, siempre que éste contenga el nombre de sus padres. Si viaja con un Tercero, DNI de la persona responsable del menor durante el viaje y autorización correspondiente. Se debe contar con original y fotocopia de toda la documentación presentada. REQUISITOS PARA SALIR DEL PAÍS CON MENORES DE 18 AÑOS Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo con Partida de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres. Si el menor viaja con uno de sus padres, además de acreditar el vínculo con alguno de los documentos citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente. Si el menor viaja solo, deberá presentar una autorización firmada por ambos padres acompañada de algún documento que acredite el vínculo (Partida de Nacimiento o DNI en donde consten los datos filiatorios de los padres). Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos. Observaciones: toda esta documentación deberá ser presentada en original o copias debidamente certificadas. AUTORIZACIÓN DE MENORES: Las autorizaciones pueden ser otorgadas por: escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes y jueces de paz. DOCUMENTOS DE VIAJE VÁLIDOS DNI DIGITAL (apto para viajar a países del Mercosur y Estados asociados) Válidos: DNI tarjeta y libreta celeste (digitales) No válidos: DNI escritos a mano (tapa verde, bordó, y libreta celeste), constancia de DNI en trámite y documentos deteriorados.  PASAPORTE             Fuente: Prensa Ministerio de Gobierno