Las mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional deberán ser sobreseídas automáticamente por la Justicia, aseguran especialistas en el tema. Esto en cuanto entre en vigencia la flamante ley 27.610 de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), sancionada el pasado miércoles por el Senado. La abogada feminista Soledad Deza dijo que las mujeres criminalizadas por aborto dentro del primer trimestre de gestación "inmediatamente debieran quedar sobreseídas". Voceras del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MGyD) coincidieron con la abogada. "Siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora en la ley (antes de la semana 14 e inclusive), juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio, es decir, no lo tiene que pedir nadie, y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva ley donde ya no es delito cometer un aborto antes de la semana 14", detallaron. Desde el MGyD aclararon que la ley se aplica "a las causas en curso, donde hay personas imputadas por cometer, consentir o realizar un aborto, y también en aquellas donde ya se condenó a las personas". También indicaron que "se extingue la acción penal por inexistencia de delito, es decir, que ya no se puede perseguir a esas personas y se libera a las que estén privadas de la libertad".