Sabado 05.10.2024
Actualizado hace 10min.

AFIP revisará las transacciones en algunas billeteras virtuales

Nuevos montos mínimos establecidos por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para el control de cuentas bancarias y virtuales.  

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los montos mínimos a partir de los cuáles los bancos y billeteras virtuales deben informar automáticamente al organismo de control respecto de los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas.

Tras los nuevos montos, los bancos podrán agilizar las operaciones bancarias. También recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones y saldos de las cuentas. La última actualización se había hecho a finales del año pasado.

¿Qué operaciones son informadas a la AFIP?

A partir de mayo, el monto mínimo de una operación para que tenga que ser informada a la AFIP pasará a ser $200.000 sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y también suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos.

La nueva cifra se calculará en términos mensuales e incluirá todo tipo de acreditación. Además de los plazos fijos, la medida también apunta a los depósitos, las transferencias recibidas y los saldos en cuenta.

Además, la normativa publicada en el Boletín Oficial detalla que para el consumo con tarjeta de débito también cambiara el monto a partir del cuál se informa al fisco. También pasará a ser $120.000 para dejar de ser $30.000.

El nuevo régimen también aplica cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital), sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $400.000.

Plazo Fijo: cuáles son los montos para caer en el radar de AFIP

Mediante la Resolución General 5348/2023, se actualizaron los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos de los contribuyentes. Y eso también incluye a quienes tengan un plazo fijo.

La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo sube de $90.000 a $200.000. En tanto, el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito se incrementó de $30.000 a $120.000.