Los monotributistas contar&aacute;n con una mayor cantidad de d&iacute;as para llevar a cabo la recategorizaci&oacute;n, ya que la Administraci&oacute;n Federal de Ingresos P&uacute;blicos (AFIP) oficializ&oacute; el jueves la extensi&oacute;n del plazo para este tr&aacute;mite. Inicialmente, se hab&iacute;a establecido como fecha l&iacute;mite el 20 de julio para la recategorizaci&oacute;n, pero debido a la modificaci&oacute;n del 41,5% en los niveles de facturaci&oacute;n, el organismo ha decidido extender el plazo hasta el jueves 27 de julio. Con el incremento en las escalas, es fundamental que los monotributistas realicen la recategorizaci&oacute;n de acuerdo con sus ingresos y las facturas emitidas durante el &uacute;ltimo a&ntilde;o. &nbsp; <p dir="ltr" lang="es">??M&aacute;s tiempo para que las y los monotributistas realicen la recategorizaci&oacute;n. La nueva fecha para el cumplimiento es el 27 de julio. pic.twitter.com/6y8tPvhU9A &mdash; AFIPComunica (@AFIPcomunica) July 20, 2023 &nbsp; Desde la Afip aclararon que &quot;los per&iacute;odos de recategorizaci&oacute;n se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los &uacute;ltimos 12 meses respecto a la facturaci&oacute;n o alguno de los otros par&aacute;metros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energ&iacute;a el&eacute;ctrica&quot;. Para realizar el tr&aacute;mite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal. Si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categor&iacute;a. &nbsp;