La Corte de Justicia, presidida por el Dr. Marcelo Jorge Lima y compuesta por la Ministra Dra. Adriana García Nieto y los Ministros Dr. Daniel Olivares Yapur, Dr. Juan José Victoria y Dr. Guillermo Horacio De Sanctis, ha aprobado el Acuerdo General N.º 75/2024. Con este acuerdo, se ha decidido remitir a la Cámara de Diputados un Mensaje y Proyecto para modificar la Ley Provincial N.º 1851-O (Código Procesal Penal de la Provincia de San Juan), con el propósito de incorporar al Sistema Especial de Flagrancia delitos que anteriormente se tramitaban en el fuero Correccional, como lesiones, encubrimiento y daños. En el marco de esta modificación, la Corte también ha considerado necesario excluir del Sistema Especial de Flagrancia los delitos contra la integridad sexual que requieren instancia privada. Esta decisión se basa en la complejidad probatoria, la naturaleza del delito y la necesidad de un abordaje integral de la víctima, sugiriendo que estos casos deben ser tratados mediante el Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial, que ofrece un ámbito probatorio más amplio y términos procesales adecuados. El proyecto, elaborado a partir de una propuesta del Ministerio Público Fiscal, tiene como objetivo aliviar la carga de trabajo en otras áreas del Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial. La inclusión de estos delitos en el Sistema Especial de Flagrancia permitirá una distribución más equitativa de los casos y mejorará la eficiencia en la gestión de los procesos judiciales. Esta reforma pretende fortalecer la capacidad de resolución dentro de plazos razonables y optimizar la dinámica procesal, asegurando que cada tipo de delito reciba el tratamiento judicial más adecuado y eficiente.