A partir de noviembre, la gestión orreguista comenzará a cobrarle un impuesto a aquellas prestadoras de un servicio que se realice a través de internet y que no tengan asiento en la provincia. En la mira están las plataformas de series y películas como Netflix, Disney + y HBO Max, entre otros. También a aquellas actividades de juego online, como las páginas de casinos y las aplicaciones de juego electrónico. El canon a cobrar será del 3 por ciento sobre el servicio prestado, algo que hasta el momento no se pagaba, por lo que lo recaudado pasará a engrosar las arcas del Estado a través de la Dirección General de Rentas. Según indicaron fuentes calificadas, es casi un hecho que dicho impuesto sea trasladado al consumidor, por lo que no se descarta que los servicios apliquen una suba en los últimos meses del año. El impuesto a cobrar es el de Ingresos Brutos, un tributo que siempre estuvo presente para las plataformas, pero que hasta el momento, no se aplicaba por decisiones políticas. La medida de la gestión orreguista quedó plasmada en el Boletín Oficial a través de una resolución que establece que a partir del 1 de noviembre comenzarán a tener vigencia dos párrafos de un artículo del Código Tributario provincial. Dicha norma contable fue sancionada en el 2019, pero los textos que hacen referencia al cobro de tributos a las plataformas digitales nunca tuvieron vigencia. Incluso, a lo largo de los años y por distintas resoluciones, se fue postergando la puesta en marcha de la obligación, al punto que la última prórroga estaba prevista que finalizara el 31 de agosto pasado. Ahora, la medida está anunciada que comience a aplicarse a partir del penúltimo mes del año o, a más tardar, antes de que finalice el 2024. Fuentes oficiales explicaron que las distintas prórrogas se dieron porque existía una complicación administrativa y la falta de un sistema digital para aplicar el impuesto. Ahora, al parecer, dicha traba quedó solucionada, gracias a que la Dirección General de Rentas pudo adquirir equipamiento, y espera sumar más, para poder realizar y llevar el control del cobro. En esa línea, las fuentes explicaron que un mecanismo para que las plataformas que no tienen asiento en la provincia cumplan con la obligación, son las tarjetas de crédito y también las cuentas bancarias desde las cuales se efectúa el pago del servicio. Incluso, el Código Tributario provincial así lo establece, al punto que deja en claro que “quedaran sujetos a retención” aquellos agentes para los que se verifique que “la dirección de facturación del cliente, titular y/o usuario de la tarjeta de crédito, de compra y/o pago” sea de San Juan; “la cuenta bancaria utilizada para el pago, la dirección de facturación del cliente de la que disponga el banco o la entidad financiera emisora de la tarjeta de crédito o débito con que se realice el pago” tenga dirección en la provincia o que “la dirección IP de los dispositivos electrónicos del usuario o consumidor de tales servicios o la característica identificada por el código del teléfono móvil de la tarjeta SIM donde se reproduce y/o retransmite el entretenimiento” tenga asiento en San Juan. Si bien no hay un cálculo que cuantifique con certeza cuál es el dinero que podría ingresar a las arcas provinciales, se cree que será importante por el crecimiento de este tipo de plataformas. También, desde la provincia, entienden que ha crecido el juego online, al punto que la gestión orreguista promovió una ley para regular las apuestas de casino vía internet y por las aplicaciones. Ingresos Brutos es el impuesto más representativo dentro de la recaudación impositiva provincial. A modo de ejemplo, del total de los tributos que percibe Rentas, al menos del 70 por ciento corresponde al canon destinado a las actividades comerciales.