Luego de que el Gobierno prohibiera a los municipios incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios, ahora se reglamentó la norma específica que elimina los cobros extra de las tarifas de luz.   Así lo hizo el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) a través de la Resolución 708/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, la cual "deja sin efecto toda autorización" otorgada a Edenor y Edesur para incluir en sus tarifas "conceptos a cobrar ajenos" al servicio que prestan. En particular, se eliminaron antiguas resoluciones que habilitaban a estas empresas a incorporar en sus boletas "el cobro de la tasa de alumbrado público municipal (...), homologando acuerdos entre los municipios y las distribuidoras". Para el Gobierno, "estas tasas dispuestas por normas locales resultan ajenas al servicio al que refieren esas facturas", por lo que su cobro no correspondería. Además de derogar las resoluciones correspondientes a Edenor y Edesur, el ENRE también eliminó toda norma publicada en el pasado por la entidad "que se oponga a lo dispuesto" en la resolución de este martes. Las empresas de provisión de energía eléctrica deberán ajustar sus tarifas en base "al plazo de adecuación establecido en la Resolución de la Secretaría de Industria y Comercio N° 267" publicada el pasado 10 de septiembre, la cual establece un plazo de 30 días. Por ende, dentro de dos días estos cambios ya deberían correr. Esto significa que, tal como anticipó el ministro de Economía Luis Caputo, los gobiernos locales no podrán poner las tasas municipales en las boletas de luz, por lo que los valores deberían reducirse en los distintos distritos. La norma se publicó un día después de la resolución de ENARGAS que también prohíbe el cobro de tasas municipales sobre el servicio de provisión de gas. Duro golpe de Caputo a los municipios: ya no podrán cobrar tasas en las tarifas El cambio golpea directamente en los bolsillos de los municipios. "Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio", informó Caputo semanas atrás. La Resolución 267/2024 ya publicada bajo la firma de Pablo Agustín Lavigne, secretario de Comercio, dispone que el cobro de tasas e impuestos municipales en las tarifas de servicios públicos "deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor". Además, las boletas no podrán "contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable". La medida se da luego de que el Gobierno Nacional apuntara semanas atrás contra los municipios por la suba de diversas tasas e impuestos para cubrir la caída de los ingresos desde la llegada de Javier Milei al poder, atada a una menor recaudación y coparticipación. Así lo critica la resolución de Comercio en sus considerandos: "Con el transcurso del tiempo, se ha ido transformando en una práctica generalizada para una gran cantidad de proveedores en el mercado la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, de conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor".