Lunes 20.01.2025
Actualizado hace 10min.
TEMAS

    ARCA va a emitir nuevos planes de pago de hasta 48 cuotas

    El organismo ya confirmó que no va a seguir el período de gracia en el que no inicia acciones judiciales contra deudores. Solo continuará para empresas de la salud y entidades de bien público.

    COMPARTÍ ESTA NOTA

    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó que va a levantar a partir del 1 de enero de 2025 el período de gracia en el cual el organismo no realiza embargos contra las cuentas de las empresas, a excepción de las compañías del sector de la salud y la entidades de bien público.

    Se esperaba que la empresa decida no continuar con el beneficio en función del resultado de la moratoria fiscal en la cual se iniciaron 341.000 planes de pago, dando espacio a las empresas a regularizar su situación.

    Pese a ello, el organismo decidió habilitar planes de pago de hasta 48 cuotas que incluirán las deudas hasta el 31 de diciembre de 2024. La moratoria que culminó este año incluía deudas hasta el 31 de marzo, de forma que estos planes servirán para atender los problemas de las empresas que ocurrierron desde el primero de abril hasta fin de año, en un período en el que la economía registró una caída de al menos 3 puntos de PBI.

    Solo quedará vigente la “tregua” para las empresas del sector de la salud y las entidades de bien público hasta el 31 de julio de 2025.

    El nuevo plan de pago será: Las cuotas van a ser mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija.

    El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta. 

    Con esta medida, el organismo busca brindar mayor exigibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.

    La financiación: Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

    En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. Las empresas tienen un plazo de hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas y hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y Obligaciones aduaneras.

    Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones y hasta 48 cuotas en el resto de las obligaciones

    Para acceder a los beneficios: 

    La adhesión se podrá realizar desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, ambos inclusive, por medio del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

    • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
    • Declaraciones juradas presentadas.
    • CUIT activa.
    • CBU informada.