Jueves 27.02.2025
Actualizado hace 10min.

La Justicia resolvió suspender la transformación del Banco Nación en una sociedad anónima

El juez Ramos Padilla dictó una cautelar al considerar que el Ejecutivo pudo exceder los límites establecidos por el Congreso al delegar facultades en la Ley Bases.

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La Justicia decidió frenar la conversión del Banco Nación en una sociedad anónima, medida que el Gobierno había implementado mediante un decreto firmado por el presidente Javier Milei. Este martes, el juez Ramos Padilla resolvió emitir una medida cautelar al considerar que el Poder Ejecutivo podría haber actuado más allá de las atribuciones otorgadas por el Congreso al delegar facultades a través de la Ley de Bases.

La Secretaría 4 del Juzgado Federal nro. 2 resolvió en primer término "disponer como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ordenar al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación".

A su vez, le requirió, "a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025 (cfr. art. 4 ley 26.854)".

La medida se adopto en respuesta a una presentación de un grupo de trabajadores del banco, entre quienes se encuentra Juan Honorio Guerrero Iraola, quienes argumentaron que el decreto firmado por el Poder Ejecutivo representa un "intento solapado" de privatización. En su resolución, el magistrado destaco que el BNA es una entidad autárquica cuya creación y eventual modificación corresponde exclusivamente al Poder Legislativo, y que el Ejecutivo podría haber excedido las facultades delegadas por el Congreso.

El decreto cuestionado establecía que el BNA pasaría a operar bajo la normativa de la Ley 21.526 de Entidades Financieras y enmarcaba la transformación dentro del proceso de reorganización estatal promovido por el Gobierno. Asimismo, habilitaba al Ministerio de Economía a suscribir el capital social de la nueva sociedad y a dictar las normas complementarias para su funcionamiento.

El juez considero que la medida cautelar interina era necesaria ante la posibilidad de que la transformación del banco en sociedad anónima derive en la perdida de su carácter publico y permita la eventual incorporación de capitales privados, lo que podría generar "consecuencias jurídicas, económicas y sociales irreversibles".

En su fallo, Ramos Padilla recordó que la propia administración del BNA y el Estado Nacional habían solicitado previamente que se declarara abstracta la cuestión, dado que la privatización había sido descartada durante el debate parlamentario de la Ley Bases. No obstante, la reciente publicación del Decreto 116/2025 reavivo la controversia, lo que llevo a los demandantes a solicitar la intervención de la Justicia.

La decisión judicial establece que el Estado Nacional y el Banco Nación deberán abstenerse de ejecutar cualquier acción tendiente a aplicar el decreto y les otorga un plazo de cinco días para presentar un informe detallando el interés publico comprometido en el caso.