La Secretaría de Ambiente de San Juan se ha dispuesto a la prohibición de la comercialización, distribución y tenencia de jaulas tramperas en todo el territorio provincial. Con esta medida se busca evitar la caza furtiva y de esta manera garantizar la preservación de la fauna local. Los tramperos son dispositivos que se utilizan para capturar a los animales silvestres en libertad, afectando su conservación y diversidad. La decisión se fundamenta en la Ley N.° 606-L, la cual protege la flora y fauna sanjuanina y en la Ley N.° 607-L, que establece el régimen sancionatorio frente a su vulneración. Según esta normativa, quienes lesionen, capturen o tengan en cautiverio a este tipo de animales silvestres sin autorización se deberán enfrentar a sanciones que incluyen: Multas de hasta 250.000 U.T. ($25.000.000) Arresto de hasta 60 días Decomiso de los elementos utilizados en la infracción Además, la Resolución 162-SEAyDS-2025 establece que en un plazo de 60 días a partir de que entre en vigencia, quienes posean o comercialicen estos tramperos tendran que destruirlos o adaptarlos a jaulas ordinarias que no se utilicen como trampas. Una vez vencido este plazo, la Secretaría de Ambiente implementará controles para el secuestro y destrucción de estos dispositivos. Como parte de la medida, también se creará un registro de infractores y de los elementos de caza decomisados, con el principal objetivo de reforzar las acciones de fiscalización y conservación. Con esta decisión, la provincia de San Juan reafirma su compromiso con la protección de la biodiversidad y el cumplimiento de las leyes ambientales, promoviendo de esta manera una convivencia armónica con el entorno natural.