El pasado martes 8 de abril, una medida muy esperada por la industria vitivinícola se hizo oficial con la publicación de la Resolución 9/2025 en el Boletín Oficial. El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) ha flexibilizado las condiciones para la producción de vinos de baja graduación alcohólica o sin alcohol, permitiendo el uso de tecnologías internacionales certificadas sin necesidad de aprobación previa del organismo. Anteriormente, los equipos destinados a desalcoholizar debían contar con una aprobación expresa del INV, lo que representaba un obstáculo significativo para la innovación en el sector. Ahora, los productores podrán utilizar tecnología homologada por organismos internacionales, siempre que presenten una declaración jurada que acredite la certificación y garantice la preservación de las propiedades esenciales del vino. La medida tiene como objetivo alinear la normativa argentina con las prácticas de países que mantienen altos estándares en seguridad alimentaria y, a su vez, potenciar la proyección internacional de la industria vitivinícola local. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, comentó: “Esta resolución facilita los procesos de desalcoholización del vino. Además, en un contexto con tantos accidentes viales relacionados con el alcohol, esto era un cambio urgente.” La normativa se basa en la Ley General de Vinos N°14.878, que otorga al INV la facultad de establecer y modificar las técnicas de elaboración, siempre asegurando la autenticidad del producto y el cumplimiento de los estándares de calidad. Los productores que deseen aprovechar esta flexibilización deberán presentar una declaración jurada ante el INV, acreditando la certificación internacional de los equipos y garantizando la conservación de las propiedades esenciales del vino. El INV continuará ejerciendo su potestad para realizar auditorías, inspecciones y controles que aseguren el cumplimiento de la normativa y protejan la calidad del producto final.