El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Tránsito y Transporte, dio a conocer las exigencias legales, los elementos de seguridad obligatorios y las recomendaciones para el traslado seguro de mascotas en vehículos, con el fin de evitar riesgos para los ocupantes y posibles sanciones. Las disposiciones vigentes están contempladas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y en las recomendaciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), orientadas a promover una conducción responsable y segura. Puntos principales de la normativa Prohibición de elementos sueltos El artículo 48, inciso q, establece que está prohibido transportar cargas o elementos que afecten la visibilidad, obstaculicen las luces o excedan los límites del vehículo. En este sentido, una mascota suelta dentro del habitáculo puede distraer al conductor o representar un riesgo en caso de maniobras bruscas o siniestros viales. Visibilidad y control del vehículo La normativa también exige que el conductor mantenga el campo visual despejado y plena libertad de movimientos. Por ello, no está permitido trasladar mascotas en el regazo ni en el asiento delantero. Elementos fuera del vehículo Además, la ley prohíbe que sobresalgan elementos desde la parte delantera o trasera del vehículo. En consecuencia, las mascotas no deben viajar en la parte exterior, como la caja de una camioneta, sin la sujeción y protección adecuadas. Recomendaciones de seguridad Para garantizar un traslado seguro y cumplir con la normativa, se aconseja utilizar sistemas adecuados de sujeción: Arnés de seguridad Se trata de un sistema que se coloca sobre el animal y se engancha al cinturón de seguridad del vehículo. Debe utilizarse con arnés y no con collar, para evitar lesiones en caso de frenadas o impactos. Canil o transportín Especialmente recomendado para gatos y perros pequeños. Debe ubicarse en el piso del asiento trasero, detrás de los asientos delanteros, asegurado para evitar movimientos durante el viaje.