Viernes 22.11.2024
Actualizado hace 10min.

Un grupo de abogados fueron denunciados por manifestarse y un juez dejó sin efecto la causa

Los y las letradas salieron a las calles hace cuatro meses cuando pedían que se incluya su profesión como actividad esencial. El juez Julián Ercolini defendió las marchas en medio de la pandemia y los sobreseyó.

COMPARTÍ ESTA NOTA

El juez federal Julián Ercolini avaló las marchas y movilizaciones realizadas durante el aislamiento decretado por la pandemia. Sobreseyó a un grupo de abogados que marchó hace cuatro meses para reclamar para que su profesión sea considerada esencial y se aplique el teletrabajo en el Poder Judicial.

“Fue en el marco del ejercicio de un derecho", justificó el magistrado en su fallo.

El caso en cuestión responde a lo sucedido el 4 de junio, cuando unos 100 abogados se movilizaron hacia las escalinatas del Palacio de Tribunales, al cumplirse 77 días de cuarentena. La actividad aún no estaba exceptuada, y pedían que se habiliten plataformas digitales para trabajar a distancia.

En su momento fueron denunciados por el CPACF por la violación del aislamiento. Sin embargo, el magistrado interpretó que no hubo delito.

“Su movilización fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades competentes a efecto, la posibilidad de poder ejercer otro (trabajo) y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares”, señaló Ercolini.

Tanto el juez como el fiscal federal Gerardo Pollicita, coincidieron que el caso debía cerrarse. Consideraron que los abogados hicieron uso de su derecho a manifestarse y de reclamar a las autoridades sin poner en riesgo la salud pública.

“Además, creo que es importante valorar la razón por la cual los acusados convocaron y/o, según el caso, formaron parte de aquella manifestación, pues ello resulta fundamental para definir si tuvieron intenciones de incumplir con las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, sostuvo en el fallo.